• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: MARIA DEL MAR NAVARRO MENDILUCE
  • Nº Recurso: 406/2023
  • Fecha: 11/04/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: MODIFICACION CONDIC.LABORALES
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palencia
  • Ponente: MAURICIO BUGIDOS SAN JOSE
  • Nº Recurso: 58/2023
  • Fecha: 11/04/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ARRENDAMIENTOS-MUEBLES
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palmas de Gran Canaria (Las)
  • Ponente: JOSE LUIS GOIZUETA ADAME
  • Nº Recurso: 287/2023
  • Fecha: 11/04/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: ROBERTO IRIARTE MIGUEL
  • Nº Recurso: 722/2022
  • Fecha: 11/04/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: IGNACIO MARIA PALOS PEÑARROYA
  • Nº Recurso: 7678/2022
  • Fecha: 11/04/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: SAMANTHA ROMERO ADAN
  • Nº Recurso: 23/2021
  • Fecha: 11/04/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: ABUSOS SEXUALES
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: PEDRO LUIS ROAS MARTIN
  • Nº Recurso: 8/2023
  • Fecha: 11/04/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala estima parcialmente la pretensión de restablecimiento económico reclamado por una concesionaria de gestión de servicios una vez acreditado el desequilibrio producido por motivo de las medidas sanitarias adoptadas durante la pandemia. La normativa excepcional durante ésta permitió reconocer el derecho del concesionario a la compensación del desequilibrio generado. Son presupuestos necesarios para su reconocimiento que el concesionario solicite y acredite de modo fehaciente la realidad, efectividad e importe de dichos gastos, y, por otro lado, que el órgano de contratación hubiera apreciado la imposibilidad de ejecución del contrato como consecuencia de la situación descrita. Esta normativa es especial y se aplica con preferencia a la legislación ordinaria de contratos públicos pero no consiste en una indemnización por la suma completa de los ingresos dejados de percibir. En cuanto a la indemnización, la falta de aportación de un dictamen alternativo por la Administración demandada no excluye la necesidad de ponderar la corrección, alcance y adecuada justificación de las conclusiones alcanzadas por el perito de la parte recurrente que en instancia se dio por válido determinando las bases para el cálculo de la compensación por el tiempo en que la actividad estuvo paralizada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: CATALINA ORDOÑEZ DIAZ
  • Nº Recurso: 317/2023
  • Fecha: 11/04/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Reitera la trabajadora la nulidad del despido (que alega haberse producido por haber dado positivo en coronavirus) cuya improcedencia se declara; examinando la Sala la calificación del litigioso en función de la normativa constitucional (y estatutaria) que refiere, pero excluyendo (por razones temporales) la aplicación al caso de la Ley 15/2022. Tras advertir sobre el carácter tasado de las causas de nulidad (entre las que no operaría aquellas situaciones de enfermedad ajenas a un supuesto de discapacidad) considera el Tribunal que no se puede entender la existencia de una discriminación por contagio Covid al no existir indicio de que fuera este la causa del despido poniéndose de relieve, en este sentido, que el relato de hechos probados no incluye referencia alguna a la situación personal de contagio Covid-19, tan solo la comunicación de una baja médica anterior a la firma del contrato de trabajo; lo que motivó que la empresa demandada (en la creencia de que la baja comunicada era anterior) procedió a darle de baja en la Seguridad Social. Y es por ello (se concluye) que no se puede afirmar que exista un tratamiento peyorativo del trabajador por razón de padecer una enfermedad estigmatizante o susceptible de provocar segregación, condición que no se predica del simple contagio por el virus Covid-19, generalizado como ha estado entre la población.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Ceuta
  • Ponente: EMILIO JOSE MARTIN SALINAS
  • Nº Recurso: 110/2022
  • Fecha: 11/04/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: MATERIAS NO ESPECIFICADAS
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: MARTA MARIA LOPEZ-ARIAS TESTA
  • Nº Recurso: 413/2023
  • Fecha: 11/04/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El Tribunal Superior de Justicia estima en parte el recurso de la demandante contra la sentencia que declara procedente la rescisión del contrato de trabajo que acordó la empresa haciendo uso de una cláusula de mínimo rendimiento de ventas que se había fijado en un contrato suscrito entre partes. La Sala considera que, aunque la jurisprudencia mayoritaria se decanta por distinguir esta cláusula de resolución por incumplimiento de rendimiento mínimo pactada en el contrato de trabajo del despido disciplinario basado en el voluntario y continuado rendimiento mínimo exigible, este tipo de cláusulas de rescisión pactadas expresamente en el contrato de trabajo no pueden operar de forma mimética y sin considerar las circunstancias del caso y en el caso, entiende la Sala que hubiese sido necesario fijar un término de comparación válido para seguir cuál pudiera ser un rendimiento normal para valorar el grado de incumplimiento imputable al trabajador, ponderando en el caso que ello es más claro en casos como el de autos en el que el trabajador había trabajado antes unos años para la misma empresa y sin tal cláusula, así como el dato de la influencia que la pandemia COVID-19 y la guerra por la invasión de Ucrania pueda tener en ese nivel de ventas, razones que hacen que la Sala revoque el pronunciamiento relativo al despido procedente que se contiene en la sentencia recurrida, que también resuelve la reclamación de cantidad que el trabajador formula contra la empresa.

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